Nuestro enfoque
Expertos en valoraciones catastrales. Expertos en detectar tu ahorro.
El 85% de los inmuebles están mal catastrados. Aprovecha esta oportunidad de ahorro para tu negocio.
La valoración catastral de tu inmueble determina tu pago del IBI; no revisar el impuesto con periodicidad puede incurrir en desactualizaciones de la administración y por tanto un pago incorrecto del impuesto.
Realizar una valoración catastral es un proceso complejo en el que hay que tener en cuenta cientos de parámetros. Nuestros expertos, ex-técnicos catastrales revisan minuciosamente la valoración catastral del inmueble para detectar actualizaciones de uso y tipología de espacio que no están correctamente clasificados, y los ahorros derivados de la actualización.
¿Cómo implementamos nuestra asesoría en IBI?
Los números hablan por sí mismos
inmuebles revisados
de ahorro generado
Ayming, tu partner en Impuestos Inmobiliarios
Nuestros consultores cuentan con un conocimiento profundo de los impuestos inmobiliarios.
Nuestro enfoque es 70% técnico, donde estudiamos los parámetros que determinan el coste del impuesto; y un 30% jurídico, donde aplicamos la jurisprudencia existente en pro de tu beneficio.
Optimizamos tus impuestos inmobiliarios, proporcionándote seguridad jurídica frente a inspecciones, sin trastocar el día a día de tu equipo.
Preguntas frecuentes
El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es un tributo local directo y obligatorio que grava la titularidad de los derechos de propiedad, usufructo, concesión administrativa o superficie sobre cualquier bien inmueble (rústico, urbano o de características especiales).
Es un impuesto municipal gestionado por los Ayuntamientos, aunque la valoración catastral de los inmuebles depende del Catastro Inmobiliario, es decir, del Ministerio de Hacienda.
El IBI debe pagarlo quien sea dueño de la titularidad del inmueble a día 1 de enero.
¿Cuándo se paga?
Se devenga el 1 de enero de cada año natural, sin embargo, el pago depende del calendario que fije cada ayuntamiento.
La base imponible del IBI se calcula aplicando un tipo impositivo fijado por cada ayuntamiento sobre el valor catastral del inmueble, no sobre su precio de mercado.
La diferencia principal es que el Catastro es un registro administrativo que identifica y valora los inmuebles, mientras que el IBI es el impuesto municipal que se paga en función de esa valoración.
Catastro depende del Ministerio de Hacienda y asigna a cada inmueble una referencia catastral y calcula su valor catastral basándose en criterios como la ubicación, metros cuadrados, antigüedad y calidad de la construcción, entre otros parámetros. No cobra ningún tributo directamente.
Mientras Catastro describe, delimita y valora el inmueble; el IBI es el recibo anual que el Ayuntamiento cobra al propietario en base a esa información.
Están exentos de pagar IBI los inmuebles de administraciones públicas, bienes de la Iglesia Católica y confesas, entidades asistenciales, sedes diplomáticas e infraestructuras de transporte.
Con una revisión catastral y la aplicación de bonificaciones o reducciones disponibles, optimizando al máximo la tributación. En Ayming somos expertos en realizar optimizar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de empresas.
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