Estado
Disponible
Pendiente de publicación
Financiación
Subvención a fondo perdido
Hasta el 75 % de los costes de la emisiones indirectas
Beneficiarios
Empresa privada
Las Ayudas Compensatorias por costes de Emisiones Indirectas de CO₂ están gestionadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
¿Para qué son las Ayudas Compensatorias por Costes de Emisiones Indirectas de CO₂?
Estas ayudas buscan compensar los costes indirectos producidos por las emisiones de gases de efecto invernadero. Podrán beneficiarse de esta subvención las instalaciones de sectores expuestos a un riesgo de «fuga de carbono».
El objetivo es evitar que el beneficiario se encuentre expuesto a estos riesgos de «fuga de carbono», si sus competidores de terceros países no se enfrentan a los mismos costes de CO₂ en los precios de electricidad.
¿Quiénes son beneficiarios de las Ayudas?
Los beneficiarios de las Ayudas Compensatorias por Costes de Emisiones Indirectas de CO₂ son las personas jurídicas que:
- Sean sociedades mercantiles, vinculadas o no en el régimen de comercio de emisiones jurídicas
- Tengan alguno de los siguientes CNAEs:
- 1411 Confección de prendas de vestir de cuero
- 2442 Producto de aluminio
- 2013 Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica
- 2443 Producción de plomo, zinc y estaño
- 1711 Fabricación de pasta papelera
- 1712 Fabricación de papel y cartón
- 2410 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones
- 1920 Refino de petróleo
- 2444 Producción de cobre
- 2445 Producción de otros metales no férreos
- 2016 Polietilenglicoles y los demás poliéster alcoholes, en formas primarias (dentro del sector de los plásticos)
- 2451 Todas las categorías de productos en el sector de la fundición de hierro (dentro del sector de los plásticos)
- 2314 Esteras de fibra de vidrio, incluida la lana de vidrio
- 2314 Velos de fibra de vidrio, incluida la lana de vidrio
- 2011 Hidrógeno (gases industriales)
- 2011 Compuestos oxigenados inorgánicos de elementos no metálicos
Intensidad de la ayuda
Hasta el 75% de costes de las emisiones indirectas incurridas por el beneficiario.
La convocatoria puede aumentar la intensidad cuando sea necesario para evitar fuga de carbono, utilizando el límite basado en el Valor Añadido Bruto (VAB) ~1,5 %.
Costes subvencionables con las Ayudas Compensatorias por Costes de Emisiones Indirectas de CO₂
- Costes indirectos de emisiones de CO₂ repercutidos en el precio de la electricidad y soportados durante los procesos productivos.
- Consumo eléctrico de instalaciones industriales elegibles, correspondiente exclusivamente a la fabricación de productos incluidos en los sectores y subsectores subvencionables.
- Producción y consumo eléctrico reales del ejercicio anterior, utilizados como base para el cálculo de la ayuda conforme a los parámetros establecidos en el Real Decreto.
- Únicamente actividades y productos subvencionables, excluyéndose del cálculo los productos o actividades no incluidos en el ámbito de aplicación del mecanismo.
Plazo de solicitud de esta convocatoria
La convocatoria de 2026 está pendiente de publicación, ¡empecemos a trabajar ya en ella!
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