Sector Industrial – Vizcaya
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Agroalimentaria
Consultas vinculantes y jurisprudencia, un know how experto
Una empresa industrial, ubicada en un municipio de la provincia de Vizcaya, tributaba por el epígrafe 428.2 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La compañía no había revisado en detalle la adecuación de su tributación a la realidad de su proceso productivo ni la actualización de sus líneas de fabricación en el censo del Impuesto.
Tras un análisis exhaustivo del proceso de fabricación, y apoyándonos en normativa aplicable, consultas vinculantes y jurisprudencia, se determinó que:
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Parte de la actividad debía declararse en un epígrafe distinto, más acorde con la actividad efectivamente desarrollada.
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Existía un riesgo fiscal relevante al mantener declaradas líneas de fabricación que ya no estaban operativas ni actualizadas en el censo del IAE, lo que implicaba pagar una cuota superior a la que realmente correspondía.
Gracias a la regularización técnica y fiscal, la empresa no solo ajustó correctamente su situación censal, sino que eliminó riesgos futuros ante posibles comprobaciones.
Ahorros recurrentes en la cuota del IAE
Cuota inicial
Después de nuestra revisión
Ahorro anual generado
Evitar el riesgo fiscal: un aspecto valioso
Este caso confirma que una revisión técnica del IAE no solo genera ahorro, sino que también protege a la empresa frente a riesgos fiscales relevantes.