La Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria convoca las Subvenciones para transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas 2026 del PEPAC en Aragón 2023-2027 para promover la Innovación en el sector agrícola, con unos fondos de 18.572.484 €.
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¿Cuál es el objetivo de las Subvenciones para transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas 2026 del PEPAC en Aragón?
Estas subvenciones buscan promover la innovación, sostenibilidad y digitalización agrícola y en los productos relativos a las industrias agroalimentarias, así como mejorar la capacidad productiva y la apertura a nuevos mercados.
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Las personas físicas, jurídicas o agrupaciones propietarias de industrias agroalimentarias ubicadas en Aragón con proyectos de inversión que transformen, comercialicen o desarrollen:
- Productos agrarios enumerados en el anexo I del TFUE (productos de agricultura, ganadería, productos hortofrutícolas, productos de la molinería, aceites vegetales, leche, huevos, miel, semillas, entre otros) y el algodón, con excepción los productos de la pesca
- Productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del anexo I del TFUE siempre y cuando la inversión la ejecute el beneficiario en el medio rural
Líneas
- Ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias).
- Solicitud de pago subvención para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias).
- Solicitud de anticipo de la subvención en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias).
Intensidad del programa
La cuantía máxima de la subvención no puede superar 1.000.000 €.
Para cualquiera de las líneas , la subvención no superará el 40% del importe de las inversiones subvencionables, siendo:
- Para la transformación en productos agrarios y productos alimentarios, se aplican los siguientes porcentajes sobre la inversión:
- Un 10% de la inversión para todos los proyectos que cumplan los requisitos de elegibilidad.
- Un 10% adicional para proyectos promovidos por una PYME.
- Un 5% adicional para pequeñas empresas cuyo proyecto busque incrementar significativamente su capacidad productiva, facturación o empleo.
- Un 20% adicional para cooperativas que presenten proyectos que beneficien a al menos dos cooperativas.
- Para productos no enumerados en el anexo I del TFUE, se aplican los siguientes porcentajes:
- Un 20% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
- Un 10% de los costes subvencionables para medianas empresas.
- Para inversiones en actividades de procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía y biocarburante, se aplican los mismos criterios que en el primer punto, con un límite de ayudas de minimis de 300.000 euros en un periodo de tres años.
Costes subvencionables
- Inversiones materiales.
- Inversiones en maquinaria y equipos.
- Costes generales vinculados al proyecto: arquitectos, ingenieros y asesores.
- Inversiones intangibles: programas informáticos e infraestructura TIC, patentes, licencias y derechos de autor.
- Inversiones par el incremento de ventas: proyectos de mejora de la comercialización.
- Inversiones para garantizar oferta estable: inversiones en garantizar la oferta estable o puesta en marcha de estructuras de mayor capacidad.
Plazos
Hasta el 28 de noviembre de 2025.
¿Cómo te ayudamos?
Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y la solicitud por ti.