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PROYECTOS DE REACTIVACIÓN INDUSTRIAL #CATALUÑA

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Home > Insights y Noticias > Ayuda / Subvención > Madrid > Ayudas A Las Empresas Industriales De La Comunidad de Madrid En Relación Al COVID-19 Y Otros Agentes Y Elementos Nocivos Para La Salud (2020)
Ayuda / Subvención
octubre 29, 2020

Enlace a la ayuda

Ayuda a fondo perdido. Entre un 30 y 40% del gasto subvencionable con un máximo de 100.000€ por actuación, empresa y año.

¿Qué son las Ayudas A Las Empresas Industriales De La Comunidad de Madrid En Relación Al COVID-19 Y Otros Agentes?

Se trata de ayudas a las empresas industriales de la Comunidad de Madrid en relación con el COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales:

  • mediante la adecuación de los lugares de trabajo y la adquisición de equipos de protección no desechables
  • la concesión de ayudas destinadas a actividades que tengan por objeto la fabricación de equipos, elementos, programas informáticos y consumibles destinados a la protección frente al COVID-19 y al tratamiento de la enfermedad
  • la protección frente a otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales y de la población en general

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Existen 3 líneas:

  • Línea 1: adecuación de lugares de trabajo frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales
  • Línea 2: adquisición de equipos de protección frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales
  • Línea 3: fabricación de equipos destinados a la protección frente al COVID-19 y al tratamiento de la enfermedad, y a la protección frente a otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales y de la población en general

Para las Líneas 1 y 2, pueden solicitarlas las empresas incluidas en los siguientes CNAEs:

  • Sección B completa (industrias extractivas)
  • Sección C completa (industrias manufactureras)
  • Sección D completa (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado)
  • Sección E completa (suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación)
  • Sección G, División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor) y División 45.4 (mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios)
  • Sección H, División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte), excepto la Clase 52.24 (manipulación de mercancías)
  • Sección M, Divisiones 71 y 72 (servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo)

Para la Línea 3: 

  • Autónomos industriales
  • Empresas que realicen las actuaciones subvencionables y cuya actividad esté incluída en el CNAE Sección C (industrias manufactureras)

Cuantía de la ayuda

  • Línea 1: 30% de la inversión subvencionable
  • Línea 2: 30% de la inversión subvencionable
  • Línea 3: 40% de la inversión subvencionable

El límite máximo de la ayuda será de 100.000 € por actuación, por beneficiario y año natural. Puede pedirse el pago anticipado de la ayuda contra la presentación de aval.

Plazos

Del 28 de octubre al 23 de abril de 2021.

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