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PROYECTOS DE REACTIVACIÓN INDUSTRIAL #CATALUÑA

Hasta el 100% de préstamo para inversiones entre 500.000 € y 2.000.000 € para proyectos de reactivación industrial en Cataluña.

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Ayuda / Subvención
agosto 25, 2020

Enlace a la ayuda

Ayudas hasta 250.000 por proyecto. Hasta el 80% para pymes y el 60% para grandes empresas.

¿Para qué es esta ayuda?

Para la reactivación económica en ámbitos prioritarios RIS3Mur mediante el apoyo a actividades de innovación tecnológica para recuperar, mantener o incrementar la productividad y competitividad.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta ayuda?

Pymes y Grandes empresas que, a causa del Covid-19, se enfrentan a:

  • una pérdida de productividad o competitividad
  • falta de liquidez
  • otros perjuicios

Deben realizar los proyecto subvencionados en centros de la Región de Murcia y tener su sede social en España.

¿Qué tipo de proyecto subvenciona?

  • Validación de tecnología genérica mediante la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o simulación con los sistemas existentes, así como líneas piloto, con el objetivo de adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para desarrollar nuevos productos o procesos, que permitan mejorar considerablemente los ya existentes en la
    empresa.
  • Adquisición de conocimientos o técnicas ya existentes, de índole científica o tecnológica, incluyendo su aplicación en la empresa para la mejora o el desarrollo de nuevos productos o procesos productivos.
  •  Definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos o procesos productivos, incluyendo la realización de un primer prototipo que permita su validación.
  •  Construcción de prototipos, demostradores, pilotos, ensayos o validaciones de productos o procesos nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.
  •  Aplicación de un método de producción nuevo o significativamente mejorado; no se incluyen los aumentos de las capacidades de producción mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística similares a los ya utilizados, la mera adquisición de activos fijos productivos que sustituya al proceso actual, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos.
  • Desarrollo de un producto nuevo o significativamente mejorado.

Costes subvencionables

  • Costes directos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar dedicados, total o parcialmente, a la realización del proyecto subvencionado, y que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.
  •  Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de innovación del proyecto.
  • Costes de protección de los resultados del proyecto de innovación mediante modelo de utilidad, patente o diseño industrial, contratados a expertos en la materia, particularmente a Agentes de la Propiedad Industrial.
  • Costes de consultoría, certificación del proyecto, u otros análogos estrictamente necesarios para disponer de informes que permitan a la empresa aplicarse las deducciones de la Seguridad Social o los incentivos fiscales existentes por la realización de actividades de investigación y desarrollo, y de innovación.
  • Adquisición de activos fijos nuevos consistentes en el equipamiento científico-tecnológico necesario para la realización de actividades I+D que contemple el proyecto, en su caso, adquiridos a terceros en condiciones de plena competencia, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
  • Coste del informe de revisión de la cuenta justificativa.

Cuantía de la ayuda

Máximo por proyecto: 250.000 €. Hasta el 80% para pymes y el 60% para grandes empresas.

Crédito disponible para la convocatoria: 6 M€ para ayudas entre 2020 y 2022.

Plazos

Desde el 1 de septiembre – Hasta el 21 de septiembre 2020.

¿Cómo te ayudamos?

Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.

¡Deja tus datos y te lo contamos todo!

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