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Ayudas A Entidades Que Realicen Inversiones Para Fabricar Dispositivos Médicos, Equipos De Protección Y Productos De Emergencia Para El COVID-19, En 2020

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Ayuda / Subvención
julio 23, 2020

Ayudas hasta el 80% del gasto subvencionable.

Enlace a la ayuda

¿Para qué es esta ayuda?

Para apoyar a entidades privadas con personalidad jurídica propia que realicen inversiones para la fabricación de dispositivos médicos, equipos de protección personal, geles y aquellos productos que han sido considerados de emergencia por el Gobierno.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta ayuda?

Entidades privadas que vayan a desarrollar un proyecto para la producción industrial de dispositivos médicos y equipos y material sanitario y de protección individual y aquellos otros productos, como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, entre otros:

  • Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR.
  • Mascarillas de protección individual FFP2 y FFP3.
  • Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles.
  • Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno).
  • Hisopos.
  • Gafas de protección.
  • Guantes de nitrilo, con y sin polvo.
  • Batas desechables e impermeables.
  • Soluciones hidroalcohólicas (biocida y cosmético) y sus materias primas.
  • Equipos y dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI).
  • Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
  • Alcoholes sanitarios.
  • Clorhexidrina.

Los productos deberán ser fabricados en territorio nacional y deberán cumplir los requisitos establecidos por las autoridades sanitarias.

Actuaciones financiables

Inversiones y gastos industriales realizados en territorio nacional para llevar a cabo proyectos para la producción de los bienes, que:

  • establezcan nuevas instalaciones para la producción de los productos anteriormente reseñados;
  • expandan la producción de sus estructuras existentes que producen dicho producto;
  • conviertan líneas de producción existentes a tal efecto.

Gastos financiables

  • Edificación: inversiones para la adecuación de naves industriales estrictamente necesarias para la operación de los aparatos y equipos imputados en el siguiente epígrafe «Apartados y Equipos».

  • Aparatos y Equipos: Adquisición o alquiler de aparatos y equipos materiales y/o amortización de aparatos y equipos existentes, directamente vinculados a la producción de los bienes, excluidos los elementos de transporte exterior.

  • Ingeniería de proceso de producción: colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.

  • Gastos de validación técnica: gastos relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, la obtención de las evaluaciones de la conformidad o las autorizaciones necesarias para la comercialización de vacunas y medicamentos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y equipos de protección individual, con exclusión expresa de gastos de personal interno.

Cuando se financie la adquisición de activos, éstos deberán permanecer en la entidad, afectos al proyecto y en funcionamiento al menos dos años, desde la fecha de puesta en operación de los mismos.

Dotación

11 M€

Cuantía

  • 80 % sobre el presupuesto financiable de la partida de Aparatos y Equipos;
  • 80 % sobre el presupuesto financiable de la partida de Gastos de validación técnica;
  • 30 % sobre el presupuesto financiable de la partida de Ingeniería de proceso de producción;
  • 20 % sobre el presupuesto financiable de la partida de Edificación.

Máximo 500.000 € por entidad jurídica.

Plazos

Hasta el 30 de julio 2020

¿Cómo te ayudamos?

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