Ayuda hasta el 80% para proyectos I+D+i que fabriquen productos relacionados con el COVID-19.
Resolución de 7 de mayo de 2020 de CDTI por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a proyectos de I+D y de inversión para hacer frente a la emergencia sanitaria.
¿Para qué son estas Subvenciones Para Proyectos De I+D Y De Inversión del CDTI?
- Convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación y desarrollo (I+D) e inversión para la fabricación de productos relacionados con la emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.
- Las ayudas a proyectos de I+D financiarán la investigación relacionada con la COVID-19, incluyendo la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.
- Las ayudas a proyectos de inversión deben facilitar la fabricación de productos relacionados con la COVID-19. Se incluyen en este concepto los medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias; los desinfectantes y sus productos intermedios y las materias primas químicas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida/tratamiento de datos.
Beneficiarios
- Empresas (todas), siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
- Los Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal podrán ser beneficiarios de las ayudas para proyectos de I+D.
- Solo se concederá una ayuda por beneficiario al amparo de la presente convocatoria. En caso de que una entidad presente varias solicitudes, la concesión de ayuda a alguna de ellas supondrá la desestimación de las demás.
Financiación
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 12.000.000 €. Esta cuantía podrá ser incrementada en caso de disponibilidad presupuestaria.
- La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.
- La intensidad máxima de la ayuda respetará los siguientes límites:
- El 80% del presupuesto elegible para los proyectos de I+D.
- El 80% del presupuesto elegible para los proyectos de inversión para la mejora y/o incremento de la producción.
Costes elegibles
- Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.
- En los proyectos de I+D se admitirán los siguientes costes directos:
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- Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Los costes de materiales, fungibles, suministros y productos similares.
- Los costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de las evaluaciones de la conformidad o las autorizaciones necesarias para la comercialización de vacunas y medicamentos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y equipos de protección individual nuevos y mejorados.
- Los costes relacionados con la realización de ensayos preclínicos y clínicos (fases de ensayo I-IV). Los costes relativos a ensayos de fase IV serán subvencionables siempre que permitan nuevos avances científicos o tecnológicos.
- En los proyectos de inversión se admitirán los costes directos de inversión necesarios para la fabricación de los productos referidos en el Anexo I de la presente convocatoria, así como los costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
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- Activos fijos materiales (instalaciones, maquinaria y equipos) e inmateriales (patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad industrial e intelectual).
- Costes del personal necesario para la realización de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
- Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
- Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
Plazos
Desde el 11 de mayo a las 12:00 del mediodía y finalizará el 15 de diciembre de 2020 o hasta el agotamiento de los fondos asignados a esta convocatoria, lo que será comunicado a través de la web del CDTI. En todo caso, no se podrán conceder ayudas más allá del 31 de diciembre de 2020.
¿Cómo te ayudamos?
Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.
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