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Subvención Para Proyectos De I+D Y De Inversión Para Hacer Frente A La Emergencia Sanitaria, Del CDTI

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Ayuda / Subvención
mayo 8, 2020

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Ayuda hasta el 80% para proyectos I+D+i que fabriquen productos relacionados con el COVID-19.

Resolución de 7 de mayo de 2020 de CDTI por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a proyectos de I+D y de inversión para hacer frente a la emergencia sanitaria.

¿Para qué son estas Subvenciones Para Proyectos De I+D Y De Inversión del CDTI?

  1. Convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación y desarrollo (I+D) e inversión para la fabricación de productos relacionados con la emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.
  2. Las ayudas a proyectos de I+D financiarán la investigación relacionada con la COVID-19, incluyendo la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.
  3. Las ayudas a proyectos de inversión deben facilitar la fabricación de productos relacionados con la COVID-19. Se incluyen en este concepto los medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias; los desinfectantes y sus productos intermedios y las materias primas químicas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida/tratamiento de datos.

Beneficiarios

  1. Empresas (todas), siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
  2. Los Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal podrán ser beneficiarios de las ayudas para proyectos de I+D.
  3. Solo se concederá una ayuda por beneficiario al amparo de la presente convocatoria. En caso de que una entidad presente varias solicitudes, la concesión de ayuda a alguna de ellas supondrá la desestimación de las demás.

Financiación

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 12.000.000 €. Esta cuantía podrá ser incrementada en caso de disponibilidad presupuestaria.

  1. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.
  2. La intensidad máxima de la ayuda respetará los siguientes límites:
    • El 80% del presupuesto elegible para los proyectos de I+D.
    • El 80% del presupuesto elegible para los proyectos de inversión para la mejora y/o incremento de la producción.

Costes elegibles

  • Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.
  • En los proyectos de I+D se admitirán los siguientes costes directos:
    1. Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente.
    2. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
    3. Los costes de materiales, fungibles, suministros y productos similares.
    4. Los costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de las evaluaciones de la conformidad o las autorizaciones necesarias para la comercialización de vacunas y medicamentos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y equipos de protección individual nuevos y mejorados.
    5. Los costes relacionados con la realización de ensayos preclínicos y clínicos (fases de ensayo I-IV). Los costes relativos a ensayos de fase IV serán subvencionables siempre que permitan nuevos avances científicos o tecnológicos.
  • En los proyectos de inversión se admitirán los costes directos de inversión necesarios para la fabricación de los productos referidos en el Anexo I de la presente convocatoria, así como los costes de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
    1. Activos fijos materiales (instalaciones, maquinaria y equipos) e inmateriales (patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad industrial e intelectual).
    2. Costes del personal necesario para la realización de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
    3. Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
    4. Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

Plazos

Desde el 11 de mayo a las 12:00 del mediodía y finalizará el 15 de diciembre de 2020 o hasta el agotamiento de los fondos asignados a esta convocatoria, lo que será comunicado a través de la web del CDTI. En todo caso, no se podrán conceder ayudas más allá del 31 de diciembre de 2020.

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