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Ayudas a Proyectos de Producción de Baterías para Vehículo Eléctrico 2024 – PERTE VEC III

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junio 5, 2024

Las ayudas estatales a proyectos de baterías del vehículo eléctrico (PERTE VEC III) sección A, están convocadas por el Ministerio de Industria y Turismo, con un presupuesto de 300.000.000€. 

Nuestros expertos en ayudas y subvenciones para Innovación te ayudan a saber si puedes presentar tu proyecto a esta convocatoria.

¿Para qué son las ayudas a proyectos de baterías del vehículo eléctrico?

Esta ayuda tiene como objetivo financiar los planes de inversión asociados a la sección A de baterías del vehículo eléctrico, como parte del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC).

¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas a la línea de baterías del PERTE VEC III?

Los beneficiarios de la ayuda pueden ser las sociedades con personalidad jurídica propia en territorio nacional y cuya actividad se encuentre en alguno de los siguientes sectores:

Sectores elegibles para ser beneficiario en la Sección A)
CNAE ACTIVIDAD
2009 20.1 Fabricación de productos químicos básicos
2009 20.30 Fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos
2009 20.59 Fabricación de carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial
2009 27.1 Fabricación de motores, generadores, transformadores eléctricos y aparatos de distribución y control eléctrico
2009 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos
2009 28.92 Fabricación de maquinaria para industrias extractivas y de construcción, camiones todoterreno de caja basculante
2009 29.1 Fabricación de vehículos a motor
2009 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques
2009 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor
2009 30.91 Fabricación de motocicletas
2009 30.92 Fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.
2009 Sección C 38.3 Valorización de residuos a escala industrial
Sección C división 24.45 Producción y primera transformación de aleaciones de litio y cobalto

 

¿Qué actuaciones son elegibles para el PERTE VEC III?

Para impulsar el desarrollo y la transformación de la industria del vehículo eléctrico, se han identificado tres líneas principales de costes subvencionables:

  • Línea 1: Creación de establecimientos industriales: Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional
  • Línea 2: Ampliaciones de capacidad de producción: Incremento de la capacidad en centros de producción existentes mediante la implementación de nuevas líneas de producción
  • Línea 3: Reconversión de líneas de producción: Adaptación de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que no se producían anteriormente en la planta

Además, los proyectos podrán incluir las siguientes inversiones:

  • Obra civil: Inversiones materiales en desarrollo urbano y sistemas de canalización, excluyendo específicamente la adquisición de terrenos
  • Edificación e instalaciones: Inversiones materiales destinadas a la compra, construcción, expansión o adaptación de instalaciones industriales, junto con sus infraestructuras y equipos no directamente asociados al proceso de producción
  • Aparatos y equipos de producción: Adquisición de bienes de capital materiales relacionados con la producción y los objetivos del proyecto
  • Activos inmateriales: Inversiones en activos intangibles asociados a la transferencia de tecnología, a través de la adquisición de derechos de patente, licencias, conocimientos técnicos u otras formas de propiedad intelectual

Proyectos subvencionables

Los gastos subvencionables dentro de estas líneas abarcan una variedad de proyectos, entre los cuales se incluyen:

  • Proyectos de fabricación de baterías: Producción de baterías para vehículos eléctricos a partir de sus componentes
  • Proyectos de fabricación de celdas: Producción de unidades electroquímicas con electrodos positivo y negativo
  • Proyectos de fabricación de battery pack: Producción de conjuntos de celdas de batería con sistemas de interconexión y control
  • Proyectos de fabricación de ánodos: Producción de electrodos de oxidación en las celdas de batería, típicamente de grafito y otros materiales
  • Proyectos de fabricación de cátodos: Producción de electrodos de reducción en las celdas de batería, típicamente de óxidos de metal o fosfatos de litio y hierro
  • Proyectos de fabricación de separadores ánodo-cátodo: Producción de membranas permeables para separar ánodos y cátodos en las celdas de batería
  • Proyectos de fabricación de electrolitos: Producción de sustancias con iones libres para permitir la transferencia de iones entre ánodos y cátodos
  • Proyectos de fabricación de sistemas de gestión de baterías (BMS): Producción de sistemas electrónicos para el control y gestión avanzada de baterías de vehículos eléctricos
  • Proyectos de fabricación de envolventes metálicas (battery box): Producción de envolventes metálicas para proporcionar protección y rigidez estructural a los battery packs
  • Producción de aleaciones destinadas a baterías: Obtención de aleaciones con litio y/o cobalto para baterías de vehículos eléctricos
  • Primera transformación del litio y/o cobalto: Obtención de hidróxido de litio o carbonato de litio a partir de minerales o salmueras, y refinado del mineral de cobalto
  • Recuperación de litio y cobalto: Reciclaje de baterías mediante separación, lavado y lixiviación para obtener litio y cobalto

Intensidad de la ayuda

A continuación, se detallan las restricciones de intensidad de ayuda aplicables a tres líneas diferentes de proyectos para el PERTE VEC III:

Independientemente de la línea, la intensidad de la subvención no podrá superar el 15% de los costes subvencionables. Sin embargo, existe una diferencia en el importe máximo que estas empresas pueden recibir, dependiendo de la línea del proyecto al que pertenezcan.

Línea 1: 150.000.000 euros por empresa como máximo.

Línea 2: 100.000.000 euros por empresa como máximo.

Línea 3: 25.000.000 euros por empresa como máximo.

Por otro lado, los gastos incurridos en estos proyectos deberá ser realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrán extenderse hasta cuarenta o sesenta meses a partir de la fecha de resolución de la concesión.

Plazo de presentación de la solicitud.

Desde el 17 de Junio de 2024 hasta el 19 de Julio de 2024.

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