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Ayudas a Proyectos de Producción de Baterías para Vehículo Eléctrico 2024 – PERTE VEC III

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junio 5, 2024

Las ayudas estatales a proyectos de baterías del vehículo eléctrico (PERTE VEC III) sección A, están convocadas por el Ministerio de Industria y Turismo, con un presupuesto de 300.000.000€. 

Nuestros expertos en ayudas y subvenciones para Innovación te ayudan a saber si puedes presentar tu proyecto a esta convocatoria.

¿Para qué son las ayudas a proyectos de baterías del vehículo eléctrico?

Esta ayuda tiene como objetivo financiar los planes de inversión asociados a la sección A de baterías del vehículo eléctrico, como parte del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC).

¿Quiénes se pueden beneficiar de estas ayudas a la línea de baterías del PERTE VEC III?

Los beneficiarios de la ayuda pueden ser las sociedades con personalidad jurídica propia en territorio nacional y cuya actividad se encuentre en alguno de los siguientes sectores:

Sectores elegibles para ser beneficiario en la Sección A)
CNAE ACTIVIDAD
2009 20.1 Fabricación de productos químicos básicos
2009 20.30 Fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos
2009 20.59 Fabricación de carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial
2009 27.1 Fabricación de motores, generadores, transformadores eléctricos y aparatos de distribución y control eléctrico
2009 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos
2009 28.92 Fabricación de maquinaria para industrias extractivas y de construcción, camiones todoterreno de caja basculante
2009 29.1 Fabricación de vehículos a motor
2009 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques
2009 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor
2009 30.91 Fabricación de motocicletas
2009 30.92 Fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.
2009 Sección C 38.3 Valorización de residuos a escala industrial
Sección C división 24.45 Producción y primera transformación de aleaciones de litio y cobalto

 

¿Qué actuaciones son elegibles para el PERTE VEC III?

Para impulsar el desarrollo y la transformación de la industria del vehículo eléctrico, se han identificado tres líneas principales de costes subvencionables:

  • Línea 1: Creación de establecimientos industriales: Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional
  • Línea 2: Ampliaciones de capacidad de producción: Incremento de la capacidad en centros de producción existentes mediante la implementación de nuevas líneas de producción
  • Línea 3: Reconversión de líneas de producción: Adaptación de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que no se producían anteriormente en la planta

Además, los proyectos podrán incluir las siguientes inversiones:

  • Obra civil: Inversiones materiales en desarrollo urbano y sistemas de canalización, excluyendo específicamente la adquisición de terrenos
  • Edificación e instalaciones: Inversiones materiales destinadas a la compra, construcción, expansión o adaptación de instalaciones industriales, junto con sus infraestructuras y equipos no directamente asociados al proceso de producción
  • Aparatos y equipos de producción: Adquisición de bienes de capital materiales relacionados con la producción y los objetivos del proyecto
  • Activos inmateriales: Inversiones en activos intangibles asociados a la transferencia de tecnología, a través de la adquisición de derechos de patente, licencias, conocimientos técnicos u otras formas de propiedad intelectual

Proyectos subvencionables

Los gastos subvencionables dentro de estas líneas abarcan una variedad de proyectos, entre los cuales se incluyen:

  • Proyectos de fabricación de baterías: Producción de baterías para vehículos eléctricos a partir de sus componentes
  • Proyectos de fabricación de celdas: Producción de unidades electroquímicas con electrodos positivo y negativo
  • Proyectos de fabricación de battery pack: Producción de conjuntos de celdas de batería con sistemas de interconexión y control
  • Proyectos de fabricación de ánodos: Producción de electrodos de oxidación en las celdas de batería, típicamente de grafito y otros materiales
  • Proyectos de fabricación de cátodos: Producción de electrodos de reducción en las celdas de batería, típicamente de óxidos de metal o fosfatos de litio y hierro
  • Proyectos de fabricación de separadores ánodo-cátodo: Producción de membranas permeables para separar ánodos y cátodos en las celdas de batería
  • Proyectos de fabricación de electrolitos: Producción de sustancias con iones libres para permitir la transferencia de iones entre ánodos y cátodos
  • Proyectos de fabricación de sistemas de gestión de baterías (BMS): Producción de sistemas electrónicos para el control y gestión avanzada de baterías de vehículos eléctricos
  • Proyectos de fabricación de envolventes metálicas (battery box): Producción de envolventes metálicas para proporcionar protección y rigidez estructural a los battery packs
  • Producción de aleaciones destinadas a baterías: Obtención de aleaciones con litio y/o cobalto para baterías de vehículos eléctricos
  • Primera transformación del litio y/o cobalto: Obtención de hidróxido de litio o carbonato de litio a partir de minerales o salmueras, y refinado del mineral de cobalto
  • Recuperación de litio y cobalto: Reciclaje de baterías mediante separación, lavado y lixiviación para obtener litio y cobalto

Intensidad de la ayuda

A continuación, se detallan las restricciones de intensidad de ayuda aplicables a tres líneas diferentes de proyectos para el PERTE VEC III:

Independientemente de la línea, la intensidad de la subvención no podrá superar el 15% de los costes subvencionables. Sin embargo, existe una diferencia en el importe máximo que estas empresas pueden recibir, dependiendo de la línea del proyecto al que pertenezcan.

Línea 1: 150.000.000 euros por empresa como máximo.

Línea 2: 100.000.000 euros por empresa como máximo.

Línea 3: 25.000.000 euros por empresa como máximo.

Por otro lado, los gastos incurridos en estos proyectos deberá ser realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrán extenderse hasta cuarenta o sesenta meses a partir de la fecha de resolución de la concesión.

Plazo de presentación de la solicitud.

Desde el 17 de Junio de 2024 hasta el 19 de Julio de 2024.

¿Cómo te ayudamos?

Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.

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