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Ayudas a inversiones para la mejora y/o modernización en explotaciones agrícolas y ganaderas, en Castilla-La Mancha

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abril 1, 2024

Las Ayudas a inversiones para la mejora y/o modernización en explotaciones agrícolas y ganaderas están dirigidas al impulso de la competitividad de ambos sectores, así como a la renovación generacional en ellos

Estas ayudas cuentan con un presupuesto de 25.000.000 € y tienen una intensidad de hasta el 40% de la inversión con posibilidad de incrementarse.

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¿Para qué son las Ayudas a inversiones para la mejora y/o modernización en explotaciones agrícolas y ganaderas 2024?

El propósito de estas ayudas es fortalecer y complementar el proceso de establecimiento en las explotaciones agrícolas, donde los jóvenes agricultores se establecen, a través de acciones de modernización y/o mejora. Esto facilita la reestructuración en términos de tamaño, dimensión y orientación productiva, además de promover la continuidad de las nuevas instalaciones agrícolas lideradas por jóvenes, contribuyendo así a mantener la actividad productiva en las zonas rurales.

Los objetivos de estas ayudas son los siguientes:

  • Impulsar la competitividad de las explotaciones agrícolas, haciéndolas más orientadas al mercado y fomentando las inversiones en tecnologías agrícolas modernas para mejorar su viabilidad.
  • Consolidar la renovación generacional en el sector agrario, eliminando barreras para que los jóvenes agricultores accedan a la financiación necesaria para invertir en sus explotaciones y desarrollar su actividad agraria de manera sostenible.

Beneficiarios de esta ayuda

Personas jóvenes que hayan solicitado o soliciten las ayudas al establecimiento a la actividad agraria y que se incorporen:

  1. Como personas físicas.
  2. Como personas socias de explotaciones agrarias con personalidad jurídica preexistentes con un número de agricultores/as profesionales determinado o que lo alcance tal número tras la incorporación de la persona joven.
  3. Como personas socias de explotaciones agrarias con personalidad jurídica de nueva creación junto a otras personas jóvenes, en las mismas circunstancias de instalación y/o agricultores/as profesionales previamente en sus explotaciones.
  4. Formando parte de una explotación de titularidad compartida.

Se deberán cumplir ciertos requisitos y condiciones de admisibilidad de las personas beneficiarias y de la explotación agraria recogidos en la orden de bases.

Para el supuesto de instalación en los apartados 2,3 y 4  (del primer apartado) se deberá solicitar el cambio de persona beneficiaria, en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Intensidad de las Ayudas a inversiones para la mejora y/o modernización en explotaciones agrícolas y ganaderas

En general, la intensidad de esta ayuda es del 40% de la inversión.

No obstante, este porcentaje puede incrementarse:

  • +5% en inversiones que supongan un ahorro de agua
  • +5% en inversiones en instalaciones ganaderas apícolas, ovinas, caprinas y para ganado vacuno
  • +5% para actuaciones promovidas por titulares integrados en EAP, EAPIR o Agrupaciones de Productores
  • +5% para actuaciones en explotaciones ubicadas en zonas escasamente pobladas
  • +20% para personas solicitantes que sean jóvenes agricultores/as que se instalen simultáneamente o se hayan instalado en los 5 años anteriores a la solicitud de la ayuda con una solicitud de establecimiento de jóvenes agricultores

El porcentaje general, junto con los incrementos, no podrá superar el 60% de la inversión financiable, salvo que la persona beneficiaria sea joven agricultor en cuyo caso podrá alcanzar el 70%.

Costes subvencionables

Esta ayuda subvenciona construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles:

  • La compra de nueva maquinaria y equipos hasta el valor de mercado del producto
  • La adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas
  • La adquisición de material vegetal que proceda de viveros autorizados e inscritos en los registros oficiales y cumplir las medidas de protección contra la introducción de organismos nocivos
  • Los costes generales vinculados a las inversiones de los puntos anteriores, tales como honorarios de trabajos de arquitectura, ingeniería o asesoría relativos a la elaboración de proyectos y direcciones de obra, limitados al 10% del importe del resto de inversiones

Plazo de solicitud

Desde el 16 de marzo de 2024 hasta el 17 de junio de 2024.

¿Cómo te ayudamos?

Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.

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