Estado
Disponible
13 abril, 2026
Financiación
Subvención a fondo perdido
Hasta el 35–55% de los costes financiables según zona y tamaño de empresa
Beneficiarios
Empresa privada
El Ministerio de Industria y Turismo, a través de SEPIDES E.P.E., ha lanzado la quinta convocatoria del PERTE VEC para 2026. Esta edición amplía el alcance a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno para vehículos eléctricos, con un presupuesto total de 100 M€ en subvenciones directas.
Esta convocatoria se concede en régimen de concurrencia no competitiva, por lo que las solicitudes se resuelven por orden de llegada. ¡Solicítala cuanto antes!
El PERTE VEC V se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado con fondos Next Generation EU.
Nuestros expertos en ayudas y subvenciones para empresas te ayudan a saber si puedes solicitar esta subvención.
Objetivo de la convocatoria PERTE VEC V
Esta ayuda tiene como objetivo reforzar la capacidad industrial española en tecnologías críticas para la transición energética, incentivando la creación o ampliación de capacidad productiva en la cadena de valor del vehículo eléctrico. La convocatoria de este año hace foco en 4 ejes estratégicos:
- Tecnologías de almacenamiento energético destinadas al vehículo eléctrico: fabricación de baterías y sistemas de almacenamiento.
- Tecnologías de hidrógeno aplicadas a la movilidad: producción de pilas de combustible y sistemas vinculados al transporte eléctrico.
- Fabricación de componentes esenciales de ambas cadenas de valor: celdas y módulos de baterías, electrónica de potencia, sistemas auxiliares.
- Producción, recuperación y reciclaje de materias primas críticas vinculadas a estas tecnologías.
¿Quiénes son los beneficiarios de esta ayuda?
Pueden beneficiarse de esta convocatoria:
- Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia.
- Empresas de cualquier tamaño.
- Entidades que desarrollen actividad industrial de determinados sectores.
- Empresas que no formen parte del sector público.
Par acceder a la financiación, el presupuesto financiable del proyecto debe ser igual o superior a 30 M€ y, además, los aparatos y equipos de producción deben representar al menos el 40% del presupuesto financiable.
Costes financiables
Se pueden clasificar en dos categorías:
Activos tangibles
- Aparatos y equipos de producción vinculados a los objetivos del proyecto (mínimo 40% del presupuesto financiable).
- Obra civil y edificación e instalaciones industriales: construcción y/o adecuación de naves industriales y sus instalaciones.
Activos intangibles
- Adquisición de derechos de patentes, licencias y know-how vinculados a transferencia de tecnología. Los activos inmateriales deben utilizarse exclusivamente en el establecimiento beneficiario y mantenerse durante al menos 3 años (pymes) o 5 años (grandes empresas).
Intensidad de la subvención
Los porcentajes máximos sobre costes financiables varían según la zona de ubicación de la inversión y el tamaño de la empresa:
| Zona geográfica | Gran empresa | Mediana empresa | Pequeña empresa |
|---|---|---|---|
| Zonas no asistidas | 15% | 25% | 35% |
| Zonas asistidas art. 107.3.c) TFUE | 20% | 30% | 40% |
| Zonas asistidas art. 107.3.a) TFUE | 35% | 45% | 55% |
Importe máximo por proyecto
Hasta 150, 200 o 350 M€, dependiendo de la zona asistida. Los beneficiarios deben mantener las inversiones durante al menos 5 años (o 3 años para pymes) tras la finalización del proyecto.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación está abierto hasta el 13 de abril de 2026.
¿Cómo te ayudamos?
Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.