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Programa PREE 5000: Rehabilitación Energética de Edificios

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febrero 10, 2024

El Programa PREE 5000: Rehabilitación Energética de Edificios es en concurrencia competitiva y tiene una intensidad de hasta el 50% de los costes subvencionables dependiendo del proyecto.

¡Nuestros expertos en gestión de ayudas te ayudan a acceder a ella!

¿Para qué es el Programa PREE 5000: Rehabilitación Energética de Edificios?

Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes.

La finalidad de este programa es rehabilitar edificios para ayudar a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

Beneficiarios de esta ayuda

  • Ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas
  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso
  • Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda
  • Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa.
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos, que deberán actuar conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y llevar a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de actuaciones recogidas en este real decreto, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada
  • Entidades locales
  • Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía

Cuantía del Programa PREE 5000: Rehabilitación Energética de Edificios

Tipologías de actuación Ayuda Base Opción A: edificios completos Ayuda Base Opción B: una o varias viviendas en un mismo edificio
Ayuda Adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 50 % 40 %
En función del uso del edificio y el tipo de actuación.
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas. 40 % 30%
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 20 % 20 %

Costes subvencionables 

  • Coste de la prestación de servicios específicos correspondientes a la tramitación de los expedientes de solicitud de ayudas con su evaluación administrativa y técnica, así como su resolución.
  • El coste de la prestación de servicios específicos correspondientes a las actuaciones de control y verificación y pago de la ayuda e inspección del proceso, así como, en su caso, la revocación y reintegro de las ayudas.
  • Coste de las herramientas informáticas que específicamente se desarrollen o adapten para la gestión telemática de las solicitudes y control y seguimiento del programa y hospedaje.
  • El coste de la prestación de servicios específicos de atención a consultas de los solicitantes.
  • Coste de las actividades específicas de promoción y difusión del programa. No tendrán esta consideración las campañas de comunicación.
  • Los costes de contratación de nuevo personal.

Actuaciones subvencionables del Programa PREE 5000: Rehabilitación Energética de Edificios

Las actuaciones para las que se solicita ayuda, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida.

Opción A: edificios completos existentes en España:

  • Edificios de vivienda unifamiliar
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

Opción B: actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.

Plazo de solicitud

Hasta julio de 2024.

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