Close

Programa Reto Rural Digital para proyectos de capacitación digital

Home > Buscador de ayudas > Programa Reto Rural Digital para proyectos de capacitación digital
marzo 13, 2024

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) abre el periodo de solicitud de su convocatoria estatal 2024 para ayudas a proyectos de capacitación digital Bajo el programa «Reto Rural Digital» , con un presupuesto total de 21.000.000 euros.

Nuestros expertos en ayudas y subvenciones para Innovación te ayudan a saber si puedes presentar tu proyecto a esta convocatoria.

Ayudas del programa Reto Rural Digital

El objetivo de esta subvención es financiar el desarrollo de programas formativos de capacitación digital en las zonas de prioridad demográfica, contribuyendo a cerrar la brecha digital, permitiendo la mejora de las competencias digitales de los colectivos más vulnerables del medio rural: las personas mayores, las personas en situación de desempleo o la infancia y la juventud.

Las ayudas serán gestionadas por las entidades beneficiarias a través de programas de formación en competencias digitales.

Cada beneficiario tiene la posibilidad de presentar únicamente un proyecto en su solicitud. El importe solicitado por cada beneficiario debe estar comprendido entre 200.000 euros y 750.000 euros. La cantidad concedida se determinará en base a la cuantía solicitada por el beneficiario y el número total de beneficiarios.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta ayuda?

Las entidades sin ánimo de lucro con ámbito territorial de actuación autonómico o estatal que dispongan de experiencia en formación en el ámbito de la capacitación digital.

También pueden presentar solicitudes las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales.

Costes subvencionables del programa Reto Rural Digital

Se consideran gastos y acciones que pueden ser cubiertos en el contexto de un proyecto los siguientes puntos:

  • Gastos de personal
  • Gastos de actividades. En esta partida se podrán incluir los gastos derivados de la realización del programa subvencionado, siempre que se puedan determinar y sean necesarios para la ejecución de los proyectos, entendiendo como tales:
    • Alquiler de bienes inmuebles utilizados para el desarrollo del proyecto, en base a costes reales incurridos, soportados por facturas, debiendo ser asignados a prorrata con arreglo a un método justo y equitativo que debe constar por escrito
    • Elaboración de material y su puesta a disposición mediante medios electrónicos, así como la propia plataforma virtual si resultase necesaria para la impartición de los cursos
    • Gastos de difusión de los cursos de formación. El gasto asignado a esta partida no podrá superar el 5 % del importe de la ayuda
  •  Gastos de revisión de la cuenta justificativa

Intensidad de la subvención

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Las cuantías máximas de la ayuda se determinan sobre el presupuesto solicitado, que comprende un mínimo de 200.000 euros.

De los 21M del presupuesto total de la subvención, 17.000.000 euros corresponden a aquellos proyectos impulsados por entidades sin ánimo de lucro y 4.000.000 euros serán para los beneficiarios que tengan la condición de entidad local.

La ayuda máxima que podrá recibir una entidad será de 750.000 €.

Plazo de presentación

Desde el 19 de febrero de 2024 hasta la fecha límite del 18 de abril de 2024. 

Requisitos:

  • Está permitido subcontratar parte de las actividades subvencionadas de un proyecto mediante acuerdos con terceros. Sin embargo, la subcontratación no puede superar el 70 % del presupuesto elegible.
  • La solicitud deberá realizarse al menos cuatro meses antes de la finalización del plazo de ejecución.
  • Los programas de formación deberán tener una duración mínima de 7,5 horas y ser gratuitos. También estarán destinados a personas que tengan su domicilio en:
    1. Municipios con población igual o inferior a 5.000 habitantes
    2. Municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores, entidades singulares o análogas (pedanías, parroquias, barrios rurales, concejos, aldeas, caseríos y similares)
    3. Municipios de más de 20.000 habitantes con núcleos de población dispersos siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en dichos núcleos

¿Cómo te ayudamos?

Somos tu partner. Te ayudamos a saber si puedes solicitar esta ayuda y, si sí, te acompañamos en el proceso y gestionamos la solicitud por ti.

¡Deja tus datos y te lo contamos todo!

Te ayudamos a saber si puedes optar a esta ayuda y, si sí, te ayudamos con la gestión y te acompañamos en el proceso.

Información sobre esta ayuda.