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Subvenciones I+D 2023 Aragón – Movilidad sostenible y sector farmacéutico

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febrero 14, 2023

El Gobierno de Aragón convoca las Subvenciones I+D 2023 para realizar en Aragón proyectos empresariales vinculados a la movilidad sostenible o al sector farmacéutico, que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial.

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¿Para qué son las Subvenciones I+D 2023 Aragón?

Su finalidad es fomentar la realización de proyectos empresariales en Aragón vinculados al ámbito de la movilidad sostenible o del sector farmacéutico, con elementos de desarrollo experimental y/o investigación industrial.

¿Quiénes son los beneficiarios de las ayudas?

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón

Actividades subvencionables

  • Proyectos empresariales que contengan actividades de desarrollo experimental y/o investigación industrial en el ámbito de la movilidad sostenible a través de actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente, mediante la reducción de emisiones o descarbonización, diseño e implantación de nuevos sistemas de movilidad urbana o interurbana, mejora del coste energético, desarrollo de sistemas de recarga de vehículos eléctricos, fabricación de los mismos, etc.
  • Proyectos empresariales que contengan actividades de desarrollo experimental y/o investigación industrial en el ámbito del sector farmacéutico. A estos efectos se entenderá por sector farmacéutico las empresas dedicadas a la fabricación de vacunas, medicamentos y tratamientos médicos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes, ropa y equipos de protección sanitaria, y/o a la distribución en exclusiva de los citados productos al sector farmacéutico.

Gastos elegibles Subvenciones I+D 2023 Aragón

El gasto elegible será únicamente el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial y, en concreto, los que comprendan los conceptos siguientes:

a) los costes de personal investigador, técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto;

b) los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados;

c) los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Plazos de solicitud

Finaliza el 27 de febrero de 2023.

¿Cómo te ayudamos?

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