Todas aquellas empresas que lleven a cabo la compra venta de productos o servicios con compañías de otros países dentro de la Unión Europea deben presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Si no tienes muy claro en qué consiste o cómo rellenarla, sigue leyendo:
¿En qué consiste la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias?
La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias consiste en una declaración informativa que tanto los empresarios individuales como las compañías de mayor tamaño deben presentar rellenando el modelo 349.
Pero, ¿quién está obligado a presentarla? Aquellos sujetos pasivos del IVA que hayan llevado a cabo las operaciones recogidas en el artículo 79 del Impuesto sobre el Valor Añadido o, lo que es lo mismo, aquellas empresas que hayan vendido o adquirido bienes a compañías situadas en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y quienes presten servicios a dichos países y cumplan los siguientes requisitos:
- Tanto el vendedor como el comprador deben ser empresas o trabajadores autónomos.
- Que la operación no se lleve a cabo en el territorio de aplicación del impuesto, es decir, que el proceso de compraventa se realice desde alguno de los países de la UE y se dirija a otro Estado miembro que cuente con un gravamen diferente. Hay que tener en cuenta que las operaciones en Canarias, Ceuta y Melilla no cuentan como intracomunitarias a pesar de tener un sistema de gravamen diferente al del resto de España.
- Ambas partes deben estar registradas como operadores intracomunitarios y disponer de un número que les identifique como tal.
Cuándo presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
El modelo 349 deberá ser presentado una vez al mes y durante los primeros 20 días naturales del mes posterior al correspondiente periodo mensual. Los plazos regulares de presentación son los siguientes:
- Mensual: el total de las operaciones intracomunitarias asciende a más de 50.000 euros.
- Bimestral: si al terminar el segundo mes del trimestre el importe de las operaciones supera los 100.000 euros.
- Trimestral: que el cómputo general de las operaciones intracomunitarias no sobrepase los 50.000 euros.
- Anual: si los ingresos no superan los 35.000 euros y la venta de bienes a otro Estado miembro no excede los 15.000 euros.
Cómo rellenar el modelo 349 adecuadamente
Cumplimentar este formulario es relativamente sencillo, ya que la información a incluir es la siguiente:
- Identificación: nombre, apellidos, datos de contacto, NIF…
- Ejercicio, período y tipo de presentación.
- Resumen de declaración: en este apartado hay que indicar la cantidad de operaciones intracomunitarias, su importe, el número de operadores con rectificaciones y su importe correspondiente.
- Presentación en soporte colectivo: en caso de que las operaciones intracomunitarias las haga una cooperativa o un grupo de empresarios individuales, habrá que presentar una hoja resumen por cada trabajador autónomo.
- Fecha y firma.
- Administración.
- Código del país.
- NIF intracomunitario.
- Nombre, apellidos o razón social.
- Clave: el tipo de operación.
- Base imponible del IVA de la operación.
En esto consiste la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias con sus plazos y los datos que hay que aportar. Si eres empresario y te planteas empezar a entablar relaciones de compraventa con empresas de otros países de la UE, esperamos que esta información te haya sido de ayuda.
Nuestro equipo del departamento Fiscal te ayuda con la gestión de tus operaciones intracomunitarias.
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