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Programa PREE 5000 Castilla-La Mancha: Rehabilitación Energética de Viviendas y Edificios

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abril 1, 2024

El Programa PREE 5000 Castilla-La Mancha es una ayuda dirigida a las actuaciones de rehabilitación energética de viviendas y edificios de viviendas.

Se trata de una convocatoria en concurrencia competitiva, con un presupuesto de 19.554.000 y tiene una intensidad de hasta el 50% de los costes subvencionables dependiendo del proyecto.

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¿Para qué es el Programa PREE 5000 Castilla-La Mancha 2024?

Estas ayudas pretenden contribuir a cumplir con los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, a través de acciones de rehabilitación energética en viviendas y edificios residenciales que ya existan y situados en municipios con desafíos demográficos en Castilla-La Mancha.

Las acciones subvencionadas por esta ayuda están diseñadas para promover la reducción del consumo de energía y las emisiones de dióxido de carbono mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y la adopción de energías renovables.

Beneficiarios de esta ayuda

  • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública propietarias de viviendas unifamiliares o de edificios residenciales de viviendas
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de viviendas
  • Las personas propietarias que, de forma agrupada, lo sean de edificios de viviendas, que reúnan ciertos requisitos y no estén constituidas como propiedad horizontal
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios residenciales de viviendas, con un contrato que acredite facultad para realizar las obras de la actuación
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
  • Las entidades locales
  • El sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las actuaciones subvencionables

Intensidad de la ayuda de este Programa

Las actuaciones para las que se solicita ayuda, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida.

Opción A: edificios completos existentes en España:

  • Edificios de vivienda unifamiliar
  • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda
  • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

Opción B: actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.

Tipologías de actuación Ayuda Base Opción A: edificios completos Ayuda Base Opción B: una o varias viviendas en un mismo edificio
Ayuda Adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 50 % 40 %
En función del uso del edificio y el tipo de actuación.
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas. 40 % 30%
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 20 % 20 %

Costes subvencionables

  • Los honorarios profesionales para la elaboración del certificado o de los certificados de eficiencia energética
  • Los costes de gestión de solicitud de la ayuda
  • Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda
  • Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones
  • Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones
  • La inversión en equipos y materiales efectuada
  • Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de la ayuda
  • Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones
  • El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control
  • Otras partidas necesarias específicas de cada tipología de actuación
  • Los gastos necesarios de la retirada y gestión de aquellos productos de construcción que contengan amianto que sean necesarios para la ejecución de la actuación de eficiencia energética
  • Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones, acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo para el medio- ambiente”
  • El coste de los gastos de gestión en los que incurran las entidades beneficiarias, cuando actúen en representación de comunidades de propietarios u otras personas propietarias de edificios para promover y gestionar la realización de actuaciones de rehabilitación energética

Plazo de solicitud

Desde el 12 de marzo de 2024 hasta el 31 de julio de 2024.

¿Cómo te ayudamos?

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