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Novedad Ley de plásticos: primera autoliquidación del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables

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febrero 13, 2023

Desde la publicación de la Ley 7/2022 donde se introducía, entre otras novedades legislativas la Ley de plásticos, un nuevo Impuesto que grava los envases de plástico no reutilizables, los productos semielaborados y los mecanismos de cierre de envases no reutilizables, numerosas dudas y cuestiones se han planteado para determinar el impacto que puede tener este Impuesto, tanto económico como de gestión.

¿Cuándo será la primera autoliquidación para la Ley de plásticos?

En este sentido, desde finales de enero, la Agencia Tributaria ha habilitado el modelo 592 para la presentación e ingreso del Impuesto, cuyo plazo máximo de presentación es el día 20 de febrero, para aquellas entidades que estén obligadas a presentar la autoliquidación del IVA de forma mensual.

En este modelo se deberá consignar el importe de plástico contenida en los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto del periodo, así como calcular la base imponible. Esta deberá determinarse a partir de los artículos sujetos al Impuesto y no exentos.

Así las cosas, por ejemplo, la base imponible no incluirá el plástico reciclado o obtenido a partir de procesos de valorización ni tampoco aquellos productos exentos o al Impuesto, tales como los envases destinados a productos sanitarios.

Además, conviene destacar que, aunque no resulte cuota a ingresar, los contribuyentes inscritos en el correspondiente Registro Territorial parecen estar obligados a presentar la autoliquidación.

¿Cómo te ayudamos en Ayming?

Desde AYMING recomendamos revisar los flujos operacionales para determinar los supuestos de tributación, así como las oportunidades de devolución o deducción que permite la norma. Asimismo, conviene analizar los productos fabricados o adquiridos con la finalidad de revisar su sujeción al Impuesto.

Finalmente, sería necesario no olvidar los distintos Libros de Registro que los contribuyentes deben llevar y presentar ante la Agencia Tributaria. En esta obligación formal se detallará y se declarará las distintas claves, códigos e información del proveedor o destinatario de cada artículo incluido en el ámbito objetivo del Impuesto. Es, sin duda, uno de los mayores retos que se enfrentan los sujetos pasivos.

¡Contáctanos hoy y resuelve tus dudas!

Autor: Faysal Assakale

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