El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en su sentencia nº 1357/2024, ha reiterado que las funciones inspectoras en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) deben ser ejercidas exclusivamente por funcionarios públicos. La resolución, que afecta a inspecciones realizadas por el Ayuntamiento de Barcelona (en procedimientos referidos a clientes de Ayming), anula varias liquidaciones y sanciones al constatar que el procedimiento se basó en actuaciones llevadas a cabo por personal de una empresa subcontratada.
En concreto, el TSJC analiza el caso de varias inspecciones realizadas a través de la entidad Colaboración Tributaria S.A., en las que se constata que personal externo participó activamente en tareas propias de la función inspectora: levantamiento de actas, visitas a instalaciones, medición de elementos tributables como la potencia instalada y elaboración de propuestas de regularización. Todo ello se realizó sin la intervención de funcionarios habilitados, lo que, según el tribunal, constituye un ejercicio ilegal de potestades públicas.
El tribunal entiende que estas actuaciones exceden las tareas de asistencia técnica o administrativa permitidas por el artículo 169.2 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RD 1065/2007), que únicamente permite delegar determinadas actuaciones en personal al servicio de la Administración que no tenga la condición de funcionario. No puede, por tanto, atribuirse estas funciones a empresas privadas, ya que su intervención vicia de nulidad todo el procedimiento inspector.
Como consecuencia de esta sentencia, se han producido ya devoluciones relevantes a empresas afectadas por estas actuaciones, como es el caso de Bauhaus, que ha recuperado más de 634.000 euros correspondientes al ejercicio 2016, distribuidos entre sus sociedades Werkhaus y Hágalo S.A. Asimismo, otras compañías como SEAT o Audi mantienen abiertos procedimientos similares, también referidos a inspecciones realizadas sin participación de funcionarios públicos.
¿Cómo afectan estas sentencias a las inspecciones del IAE?
Este tipo de resoluciones judiciales abre un nuevo escenario para las empresas que hayan sido objeto de inspecciones similares. En muchas ocasiones, las compañías no son conscientes de si los procedimientos en los que han sido implicadas se han llevado a cabo conforme a la legalidad. La colaboración externa, aunque permitida para tareas técnicas y administrativas, no puede sustituir la función inspectora.
A raíz de estas sentencias, numerosas empresas están revisando sus expedientes del IAE, especialmente en aquellos municipios donde se han subcontratado estos servicios. Las inspecciones que incluyeron personal externo sin la intervención de funcionarios pueden ser nulas, lo que da lugar a la posibilidad de recuperar importes ya abonados e incluso sanciones.
La revisión del IAE: clave para evitar errores y detectar oportunidades
El IAE es uno de los tributos más complejos del sistema fiscal local, especialmente por la variedad de epígrafes, elementos tributables (como superficie, personal o potencia instalada), y la abundante jurisprudencia y doctrina existente. La correcta liquidación de este impuesto requiere un conocimiento técnico profundo, más aún en sectores como el de la automoción, química, food, logística o distribución etc., donde cada parámetro tiene un impacto directo en la cuota.
En este contexto, la labor de revisión y análisis técnico se convierte en una herramienta clave para las empresas. A través de estudios detallados de la situación tributaria, es posible detectar errores en la autoliquidación, inconsistencias técnicas o procedimientos que no se ajustan a la normativa, especialmente si han sido realizados por entidades subcontratadas.
¿Cómo te ayudamos?
Desde Ayming, con más de 20 años de experiencia en la optimización del IAE, ofrecemos a las empresas un diagnóstico completo de su situación sin coste inicial. El objetivo es claro: identificar oportunidades de ahorro, corregir posibles excesos y garantizar que la tributación se ajusta a lo que marca la ley.
La experiencia reciente demuestra que muchas empresas han estado pagando de más en este tributo, bien por errores técnicos o por procedimientos que no cumplen con las garantías legales necesarias. Ahora, con este nuevo marco jurisprudencial, existen herramientas reales para reclamar y recuperar lo abonado indebidamente.
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