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Calendario de impuestos locales: descubre cuándo tienes que pagar cada impuesto

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diciembre 17, 2019

¿Cuáles son los impuestos locales que las empresas tienen que pagar?

Los impuestos locales que todo empresario deberá pagar son el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y en caso de que se haga alguna obra, el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). Sin embargo, no en todos los lugares toca abonar los tributos al mismo tiempo. Por ello en este artículo hemos preparado un calendario de impuestos locales para que sepas exactamente cuándo hay que pagar cada uno.

Cuándo se paga el IBI

Este impuesto se paga según el calendario fiscal de cada municipio. A continuación presentamos las fechas en las que se debe abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles en algunas de las principales ciudades españolas:

  • Madrid: del 1 de octubre al 30 de noviembre.
  • Valencia: del 2 de marzo al 2 de mayo.
  • Barcelona: los recibos domiciliados se deben abonar el 5 de marzo, el 4 de junio, el de septiembre o el 13 de diciembre. Por el contrario, los recibos no domiciliados se pagan del 1 de marzo al 2 de mayo.
  • Zaragoza: hay tres plazos, el primero se paga el 15 de enero, el segundo, el 30 de abril y el tercero el 30 de septiembre.

Para realizar modificaciones en la valoración catastral del inmueble, éstas se pueden solicitar a catastro en cualquier momento del año. Sin embargo catastro puede tardar hasta 6 meses en aprobar esos cambios y los efectos fiscales de la solicitud no se verán reflejados hasta el año siguiente.

Teniendo en cuenta este periodo de 6 meses que tarda catastro en aprobar las modificaciones, en Ayming te recomendamos que hagas tus solicitudes antes del 30 de junio para maximizar tu ahorro.

Calendario de presentación y de pago del IAE

El IAE se presenta hasta el 31 de enero del año siguiente al del ejercicio en curso. Es decir, el 31 de enero del año 2022 sería la fecha límite para presentar el IAE del año 2021.

El Impuesto de Actividades Económicas también se abona en momentos diferentes del año en función de la localidad en la que se desempeñe dicha actividad económica. A continuación te informamos de cuáles son los plazos en algunas de las mayores ciudades de nuestro país:

  • Madrid: del 1 de octubre al 2 de noviembre.
  • Valencia: del 1 de septiembre al 31 de octubre.
  • Barcelona: los recibos domiciliados se pagan el 23 de diciembre y los recibos no domiciliados hay que abonarlos del 1 de octubre al 2 de diciembre.
  • Zaragoza: del 1 de octubre al 30 de noviembre.

El ICIO no tiene fechas de presentación o pago concretas

El solicitante de la licencia de obra es quien debe pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Este tributo se devenga cuando da comienzo la obra y es necesario presentar la autoliquidación el mes siguiente mes al inicio de la obra. En caso de que no se cumpla con el plazo establecido, el contribuyente deberá abonar además los recargos impuestos por la Ley General Tributaria.


¿Cómo te ayudamos en Ayming a optimizar tus impuestos locales?

Nuestros expertos en Impuestos Locales evalúan tu caso y te decimos si pagas correctamente, de más o de menos en cada uno de ellos, y luego tú decides cómo proceder.

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